El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa y confirmó la sentencia dictada en 2021 por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja presentado por la defensa de un profesor de fútbol condenado en 2021 por abusar sexualmente de tres niños a los que entrenaba en una cancha del Barrio 31, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De esta forma, quedó firme la sentencia a 24 años y 6 meses de prisión dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29.
En su resolución, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el recurso de queja era inadmisible y desestimaron la presentación.
El caso se remonta a marzo de 2021, cuando los jueces Juan Ramos Padilla, Cecilia Maiza y Gustavo Goerner declararon al entrenador responsable de los delitos de “abuso sexual simple agravado por ser el imputado el encargado de la educación en grado de tentativa”, “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el imputado el encargado de la educación reiterado por lo menos en tres oportunidades”, “abuso sexual simple agravado por ser el imputado el encargado de la educación” y “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el imputado el encargado de la educación”.
Según quedó acreditado, el 30 de marzo de 2018 el hombre intentó abusar sexualmente de un niño de 11 años, a quien llevó a una zona aislada e intentó forzarlo a cambio de dinero. El chico se resistió y horas después contó lo sucedido a su madre. Además, se dio por probado que entre 2011 y 2015 abusó y amenazó a otros niños, a quienes hacía regalos como celulares, camisetas de fútbol y botines para garantizar su silencio.
En el juicio, el fiscal Sandro Abraldes sostuvo que el hombre “desplegó un avasallamiento total sobre las víctimas” y que “no los reconoció como personas, fueron para él cosas que sirvieron para desplegar sus deseos sexuales”. También señaló que el entrenador “se acercaba a niños carentes de figura paterna y se ponía en ese rol como forma de lograr su propósito”.
El tribunal y la fiscalía tuvieron en cuenta los informes psicológicos y psiquiátricos del Cuerpo Médico Forense, que dieron cuenta de la solidez de los relatos y del impacto en los niños. La fiscalía describió una “estrategia de seducción y silenciamiento” basada en manipulación y supuestas recompensas.
La defensa presentó un recurso de casación, pero la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la condena. Luego, la defensa acudió a la Corte Suprema con un recurso de queja por violación al principio de inocencia y el beneficio de la duda, que fue rechazado por inadmisible.
Como parte de la condena, se ordenó la extracción del perfil genético del condenado para su remisión al Banco de Datos Genéticos, conforme a la Ley N°26.879.
