El Decreto N° 697/2026, publicado en el Boletín Oficial, dispone la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la transferencia de sus funciones al SENASA y al Ministerio de Salud, con cambios en el Código Alimentario Nacional.
El Gobierno nacional, mediante el Decreto N° 697/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, dispuso la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la redistribución de sus funciones entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Ministerio de Salud de la Nación. La medida también establece modificaciones en el Código Alimentario Nacional, incluido un plazo máximo para su actualización.
Según el decreto, el SENASA asumirá las funciones de registro, control y fiscalización de alimentos que ejercía el INAL. El Ministerio de Salud concentrará la definición de la política alimentaria, con foco inicial en la eliminación de colorantes y saborizantes en alimentos procesados.
El texto oficial indica que el SENASA cuenta con infraestructura territorial de control alimentario en todo el país, incluyendo laboratorios, inspectores y despliegue en producción primaria e industrial. La reorganización separa las funciones de control (SENASA) de las funciones de rectoría sanitaria (Ministerio de Salud).
Puntos salientes de la medida
1. Fortalecimiento y centralización de competencias en SENASA. El SENASA asume las funciones de registro, control y fiscalización de alimentos que ejercía el INAL. Se eliminan duplicaciones de competencias y controles, concentrando el registro, control y fiscalización de importaciones de productos alimenticios. El SENASA autorizará y supervisará establecimientos oficiales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que verifiquen normas del Código Alimentario Argentino; las habilitaciones serán realizadas por el SENASA o las provincias, según corresponda.
2. Simplificación regulatoria y reducción de la carga administrativa. Se simplifica el sistema de control alimentario, eliminando duplicaciones y reduciendo la carga administrativa. Se reconocen por equivalencia las certificaciones de aditivos, coadyuvantes tecnológicos e ingredientes emitidas por países con sistemas de control reconocidos o que aplican el Codex Alimentarius. Se eliminan evaluaciones y procedimientos duplicados para productos ya autorizados en el exterior y para registros, productos y establecimientos que anteriormente eran evaluados por el INAL y el SENASA.
3. Modernización de procesos y sistemas. Se establece una Base Única de Datos a cargo del SENASA, centralizando la información y los registros de productos y establecimientos. Se centralizan los registros en un único organismo. Se establece un plazo máximo de 45 días hábiles para actualizar el Código Alimentario Argentino.
4. Facilitación del comercio. Se agilizan las importaciones de alimentos envasados para venta directa, estableciendo controles posteriores al ingreso. Se facilita la exportación de alimentos, estableciendo que los productos deberán cumplir los requisitos del país de destino y que las certificaciones serán emitidas por un único organismo con reconocimiento internacional.
5. Descentralización y armonización. El SENASA impulsará convenios con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para avanzar hacia un sistema armonizado de registros, requisitos, aranceles y sanciones. Se establece un registro único para establecimientos, con una identificación clara para la comercialización nacional.
6. Nueva agenda de política alimentaria del Ministerio de Salud. El Ministerio de Salud de la Nación absorbe dentro de su estructura central las funciones de definición de política alimentaria que ejercía el INAL, concentrando su trabajo en la evidencia científica sobre composición de alimentos. La primera prioridad es avanzar en la eliminación de colorantes y saborizantes de los alimentos procesados, en línea con estándares internacionales de alimentación saludable.
El Ministerio de Salud y la Secretaría de Agricultura definirán el contenido normativo del Código Alimentario Argentino, mientras que el SENASA fiscalizará el cumplimiento de la normativa vigente.
