sábado, 18 julio, 2026

Casación rechazó recurso de Cristina Kirchner para modificar condiciones de prisión domiciliaria

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó, por mayoría, el recurso extraordinario presentado por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner para modificar las condiciones de su detención domiciliaria.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó, por mayoría, el recurso extraordinario presentado por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner para modificar las condiciones de su prisión domiciliaria. La resolución fue firmada por los jueces Gustavo M. Hornos y Diego G. Barroetaveña, con el voto en disidencia de Mariano Hernán Borinsky.

La exmandataria cumple una pena firme de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, tras ser hallada culpable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en la causa conocida como «Vialidad».

El planteo de la defensa buscaba dejar sin efecto las pautas impuestas por el Tribunal Oral Federal N° 2, que incluyen la flexibilización del régimen de visitas, la remoción del dispositivo electrónico de control ambulatorio y la eliminación de restricciones horarias para acceder a la terraza del edificio donde cumple la pena. Los abogados argumentaron que esas condiciones vulneraban los principios constitucionales de legalidad, igualdad y proporcionalidad, y afectaban el derecho a la intimidad.

Al fundamentar el rechazo, el juez Hornos sostuvo que la presentación no se dirigía contra una sentencia definitiva ni demostraba un perjuicio de imposible reparación posterior. Afirmó que las directrices cuestionadas se ajustan al marco legal de la prisión domiciliaria y que las restricciones horarias y de visitas no constituyen una prohibición total, sino una organización necesaria sujeta a control periódico. Respecto al uso de la tobillera electrónica, señaló que es la regla general prevista por la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (N° 24.660) y que cumple una función de supervisión técnica, diferenciada de la custodia policial por su condición de exjefa de Estado.

El juez Barroetaveña adhirió al voto de la mayoría al considerar que la defensa solo manifestó una discrepancia de derecho común sin configurar una cuestión federal suficiente ni acreditar arbitrariedad en la resolución previa de junio pasado.

En disidencia, el juez Borinsky votó a favor de conceder el recurso para habilitar la intervención de la Corte Suprema. Señaló que estaban comprometidas garantías fundamentales como la privacidad y la igualdad, y sostuvo que las restricciones a las visitas carecen de sustento normativo específico, que el monitoreo por tobillera es redundante frente a la custodia permanente y que los límites horarios para la terraza carecían de fundamentación razonable.

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