El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó la reglamentación que permite a las entidades financieras acreditar remuneraciones en dólares estadounidenses, en el marco de la reforma laboral.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó este lunes, mediante la Comunicación “A” 8460/2026 publicada en el Boletín Oficial, la reglamentación que establece el funcionamiento de las cuentas sueldo en dólares estadounidenses. La medida fue anticipada por el Gobierno y se enmarca en la reforma laboral que habilita el pago de salarios en moneda nacional o extranjera.
Según el texto oficial, el BCRA incorporó al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la “Cuenta sueldo”. La normativa determina que los bancos estarán obligados a permitir depósitos y extracciones de dólares en la sucursal donde esté radicada la cuenta. Además, los movimientos podrán realizarse en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, siempre que la entidad cuente con el efectivo necesario.
La gratuidad de las cuentas sueldo se mantiene para los fondos provenientes de la relación laboral, sin límite de tiempo para los importes no retirados. El BCRA aclaró que esta reglamentación no modifica el régimen laboral ni obliga a las empresas a pagar en dólares; solo crea el marco operativo para su uso cuando exista acuerdo entre las partes.
El organismo adelantó que enviará nuevas adecuaciones técnicas a las entidades financieras para completar la actualización normativa, cuyo origen se encuentra en la Ley de Modernización Laboral, que modificó el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo para permitir el pago del salario en moneda nacional o extranjera.
