jueves, 18 junio, 2026

Anmat prohibió la venta de productos de limpieza y desinfectantes de la marca «Sin olor»

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el país y en plataformas online de una línea de productos de limpieza no registrados.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta en todo el país y en plataformas de comercio online de una marca de productos de limpieza y desinfectantes que no contaban con registros ante el organismo. Se publicitaban y vendían a través de internet, pero no estaban registrados ante el organismo.

Según indicó la disposición 3706/2026, publicada en el Boletín Oficial, la investigación se inició a partir de la consulta de un consumidor sobre una serie de productos domisanitarios de la marca «Sin olor» que se vendían en internet. Entre ellos había eliminadores de olores, desinfectantes y limpiadores, que no estaban registrados.

También se destacó que no se pudo identificar que sean fabricados por un establecimiento habilitado.

Por este motivo, «a fin de proteger a los consumidores» de estos productos de los que «se desconocen las condiciones de manufactura y/o la empresa responsable de su elaboración / importación» y para los que «no es posible brindar garantías acerca de su eficacia y seguridad», la Anmat prohibió su venta, publicidad y distribución en el país y también en sitios de internet hasta tanto su situación se regularice.

Qué es la Anmat

La ANMAT es un organismo descentralizado que se encuentra dentro del ámbito del Ministerio de Salud de la Nación. Es autárquico, con jurisdicción en todo el territorio de la Nación.

Las principales funciones del organismo científico-técnico fueron establecidas por el Decreto 1490/1992 y se resumen en regular, controlar y fiscalizar la calidad de los «productos, sustancias, elementos y materiales que se consumen o utilizan en medicina, alimentación y cosmética humanas, y controlar las actividades, procesos y tecnologías que mediaren o estuvieren comprendidos en dichas materias».

Los responsables o representantes de las empresas farmacéuticas o alimentarias deben obtener de la Agencia la autorización para elaborar y/o importar sus productos, y respetar sus normativas sobre buenas prácticas de fabricación, distribución, almacenamiento y control de calidad para garantizar la seguridad y eficacia de los productos que consume la población.

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