viernes, 5 junio, 2026

Cristina Kirchner continuará con tobillera electrónica: la Justicia rechazó pedidos para flexibilizar la prisión domiciliaria

El juez Rodrigo Giménez Uriburu, del Tribunal Oral Federal N° 2, rechazó este viernes los planteos de la defensa de la expresidenta para modificar las condiciones de su prisión domiciliaria, que incluyen el uso de tobillera electrónica y restricciones de visitas y acceso a la terraza.

El juez Rodrigo Giménez Uriburu, del Tribunal Oral Federal N° 2, rechazó este viernes los planteos presentados por la defensa de Cristina Kirchner para flexibilizar las condiciones de su prisión domiciliaria. La resolución dispone que la expresidenta continúe utilizando tobillera electrónica, mantenga las restricciones de visitas y siga sometida a las limitaciones impuestas para el uso de la terraza de su departamento en la calle San José.

La defensa, encabezada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, había solicitado tres cambios concretos: eliminar el régimen especial de visitas, quitar la tobillera electrónica y levantar las restricciones para acceder a la terraza del edificio. El magistrado concluyó que ninguna de esas pretensiones tenía sustento suficiente.

Uno de los puntos de la resolución fue el rechazo al pedido para retirar el dispositivo electrónico de monitoreo. La defensa argumentó que Cristina Kirchner cumplió todas las reglas impuestas durante casi un año de prisión domiciliaria y que no existía riesgo alguno de fuga. El tribunal respondió que la utilización de la tobillera constituye la regla general prevista por la ley para quienes cumplen condenas bajo esta modalidad. “La utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional”, sostuvo el juez.

El fallo recuerda además que la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema ya habían avalado previamente la colocación del dispositivo. En uno de los párrafos del fallo, el magistrado señaló que la ley no exige demostrar un peligro concreto de evasión para imponer el monitoreo electrónico. “La ley no condiciona su implementación a la previa acreditación de un peligro concreto de evasión en cada caso particular”, afirmó. Y agregó que el simple paso del tiempo tampoco habilita su retiro. “No establece un cese automático de la medida ni consagra una presunción a favor de su levantamiento por el mero paso del tiempo”, citó el tribunal de un fallo previo de Casación.

La ex mandataria también había pedido eliminar el régimen especial de visitas o, al menos, volver al esquema original que regía cuando comenzó la prisión domiciliaria. El tribunal rechazó ese planteo al considerar que las restricciones fueron revisadas y confirmadas en reiteradas oportunidades por instancias superiores. Según el juez, el hecho de que Cristina Kirchner haya cumplido correctamente las reglas de conducta no alcanza para modificar el sistema actual. “El adecuado cumplimiento observado durante la ejecución de la pena constituye un elemento esencial de la decisión favorable a la continuidad de la modalidad domiciliaria”, sostuvo. Pero aclaró que ese comportamiento “dista de configurar, por sí solo, una circunstancia novedosa o sobreviniente” que justifique eliminar las restricciones.

Otro de los reclamos rechazados fue el referido al uso de la terraza del edificio donde reside la expresidenta. Actualmente, Cristina Kirchner puede utilizar ese espacio una vez por día, entre las 6 y las 20 horas y por un máximo de dos horas. La defensa pretendía que esas limitaciones fueran eliminadas. El tribunal respondió que la autorización para usar la terraza fue concedida posteriormente y por cuestiones de salud, y que las condiciones actuales permiten cumplir adecuadamente esa finalidad. “Fernández de Kirchner conserva la posibilidad de acceder diariamente a un espacio abierto apto para el desarrollo de actividades físicas y recreativas”, indicó la resolución. Al mismo tiempo, justificó los límites horarios por la necesidad de proteger “la tranquilidad del vecindario” y “la convivencia pacífica entre vecinos”.

El fallo también descartó adoptar medidas por las movilizaciones y concentraciones de militantes registradas en las inmediaciones de la vivienda de Cristina Kirchner. El fiscal Sergio Mola había formulado observaciones sobre esos episodios, pero el juez entendió que no existen elementos para atribuir a la expresidenta incumplimientos de las reglas impuestas. Según destacó, los organismos encargados de supervisar la ejecución de la pena no detectaron conductas incompatibles con las condiciones de la prisión domiciliaria. El Tribunal Oral Federal 2 resolvió “mantener en todos sus términos las reglas de conducta actualmente vigentes”.

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