jueves, 21 mayo, 2026

La Corte Internacional de Justicia de la ONU ratifica que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 de la OIT

El máximo tribunal de Naciones Unidas emitió una opinión consultiva que concluye que el derecho a huelga está comprendido dentro de la libertad sindical del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), máximo tribunal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), emitió este jueves una opinión consultiva en la que determinó que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El pronunciamiento responde a una consulta formal realizada por la OIT en noviembre de 2023, en el marco de una disputa entre representantes sindicales y empresariales que se extendió por más de una década.

La CIJ sostuvo que, si bien el Convenio 87 no menciona explícitamente la palabra “huelga”, la protección surge de la interpretación integral del tratado, en particular de los artículos relacionados con la libertad de asociación y la facultad de los sindicatos para organizar sus actividades y programas. Según el tribunal, el derecho de huelga puede encuadrarse dentro de las “actividades” legítimas de las organizaciones sindicales y forma parte de la defensa de los intereses de los trabajadores. La Corte concluyó que “la protección del derecho a huelga está comprendida dentro de la protección de la libertad sindical prevista por el Convenio 87”.

No obstante, el tribunal aclaró que su decisión no define el contenido exacto del derecho, ni sus límites o modalidades de ejercicio, aspectos que continúan bajo la regulación de las legislaciones nacionales y de otros mecanismos de la OIT.

El origen del conflicto se remonta a 2012, cuando una disputa interna en la OIT entre representantes de trabajadores y empleadores generó una “crisis institucional”. El sector empresarial cuestionó que los órganos técnicos de la OIT interpretaran que el Convenio 87 incluía el derecho a huelga, argumentando que solo la CIJ podía realizar una interpretación auténtica del tratado. Los sindicatos, en cambio, defendían la postura histórica de los expertos de la OIT que consideraban la huelga como una herramienta esencial de la libertad sindical. Ante la falta de acuerdo interno, el Consejo de Administración de la OIT elevó la consulta a la CIJ en noviembre de 2023.

La opinión consultiva tiene peso jurídico al fijar un criterio interpretativo de autoridad para tribunales nacionales, organismos internacionales y discusiones laborales a nivel global. La Corte también destacó que sistemas regionales de derechos humanos —europeo, interamericano y africano— ya reconocen de manera consistente el derecho a huelga como derivación de la libertad de asociación.

Fuente: El Destape

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