El Banco Central y la CNV anunciaron cambios en las regulaciones cambiarias, que incluyen modificaciones para exportadores y el uso de tarjetas en el exterior.
El Gobierno nacional, a través del Banco Central y la Comisión Nacional de Valores, anunció una serie de medidas que flexibilizan las restricciones cambiarias vigentes. Según informó la Agencia Noticias Argentinas, las personas humanas ya no estarán obligadas a liquidar en el mercado local los dólares provenientes de exportaciones de bienes, aunque sí deberán ingresar las divisas al país. Este criterio se iguala al ya existente para las exportaciones de servicios.
Entre los cambios más destacados se encuentra la eliminación del límite de 50 dólares para retiros de efectivo en el exterior con tarjetas de crédito, una medida que facilita los gastos fuera del país y reduce la necesidad de trasladar dinero en efectivo.
Para las empresas, se extienden los plazos para el ingreso de divisas. En exportaciones a filiales que no superen los 200 millones de dólares anuales, el plazo pasa de 60 a 180 días. Para otros rubros, como la indumentaria, se extiende de 180 a 365 días, plazo que también se aplica para bienes de capital.
Además, se habilita el pago de Obligaciones Negociables y deudas comerciales hasta tres días antes de su vencimiento. También se permite el acceso al tipo de cambio oficial para realizar coberturas cambiarias de deudas contraídas en otras monedas.
Estas decisiones se conocen en un contexto de negociación con el Fondo Monetario Internacional por la segunda revisión del acuerdo vigente.
