La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió hasta el 31 de julio el plazo para la Presentación Única de Balances, una obligación que alcanza a empresas con cierre de ejercicio en diciembre de 2025. La medida busca evitar sanciones que van de 5 a 10 millones de pesos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 31 de julio el plazo para la Presentación Única de Balances (PUB), según la Resolución General 5871/2026 publicada en el Boletín Oficial. La medida alcanza a sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros sujetos obligados a remitir la documentación complementaria del impuesto a las Ganancias.
El vencimiento original estaba previsto para el 30 de junio. La prórroga se adoptó tras los pedidos de entidades representativas de profesionales en ciencias económicas, en un contexto de dificultades operativas para cumplir con las presentaciones dentro del calendario original.
Claudia Pose, socia de Impuestos en BDO Argentina, afirmó que “hoy en día son muchos los contribuyentes que tienen pendiente el cierre definitivo de estos, con lo cual se espera que no vuelva a suceder a fines de julio el colapso de presentaciones”.
Uno de los factores que incidió en las demoras fue la implementación de la nueva Norma Unificada Argentina (NUA), de aplicación obligatoria para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025. Los primeros estados contables alcanzados son los cierres de diciembre de 2025. Sebastián Domínguez, contador y CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que “la aplicación de la NUA pudo generar reclasificaciones, diferencias de valuación y cambios en la forma de exposición de los balances” y que “los colegios y consejos se encontraron con un volumen muy importante de balances, presentados más tarde de lo habitual”.
La falta de presentación de la declaración jurada informativa puede derivar en una multa de 5.000.000 de pesos, que se eleva hasta 10.000.000 de pesos en el caso de sociedades, empresas, fideicomisos, asociaciones o entidades constituidas en el país. Domínguez sostuvo que “no es habitual que el fisco aplique estas multas, pero la realidad es que las puede llegar a aplicar” y que “no debería regir una multa fija, sino una graduación de acuerdo con el tamaño de las empresas”.
La actualización de las sanciones se dio a partir de los cambios introducidos por el Gobierno en la Ley de Inocencia Fiscal. Con la prórroga hasta el 31 de julio, las empresas y profesionales dispondrán de un mes adicional para completar el circuito de cierre, auditoría, certificación y presentación de balances ante ARCA.
