jueves, 2 julio, 2026

La Procuración solicitó a la Corte que revoque la pensión vitalicia de Cristina Fernández

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema debería anular el fallo que restituyó de forma provisoria la pensión vitalicia a la ex presidenta Cristina Fernández, por considerar que la decisión judicial presenta contradicciones y desconoce una condena firme.

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió este martes un dictamen de 13 páginas en el que sostuvo que la Corte Suprema de Justicia debería revocar el fallo que permitió a Cristina Fernández volver a cobrar de manera provisoria la pensión vitalicia como viuda del ex presidente Néstor Kirchner. El pronunciamiento se enmarca en el expediente “Recurso de Queja N° 2 – Fernández, Cristina Elisabet c/ ANSES s/ nulidad de acto administrativo”.

En su dictamen, Casal adoptó los argumentos del fiscal general ante la Cámara Federal de la Seguridad Social y concluyó que la resolución cuestionada “encierra un insalvable antagonismo en su razonamiento, que impide sostenerla como acto judicial válido”. El procurador señaló que los camaristas reconocieron que corresponde al juez de ejecución penal determinar el alcance de la condena y la inhabilitación absoluta prevista en el artículo 19 del Código Penal, pero luego dictaron una medida cautelar que suspendió la baja de la pensión, lo que consideró incompatible.

Además, Casal afirmó que la Cámara omitió analizar el alcance del artículo 19 del Código Penal, que establece que las condenas a prisión superiores a tres años implican la inhabilitación absoluta y la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro. Según el procurador, los camaristas no ofrecieron fundamentos suficientes para dejar de lado ese argumento y privilegiaron únicamente el carácter alimentario de la prestación.

En el tramo final de su pronunciamiento, Casal sostuvo que la sentencia de la Cámara “suscita un grave conflicto institucional” al invadir la competencia de otro juez y desconocer los alcances de una sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada. Con esos argumentos, mantuvo el recurso de hecho presentado por el fiscal general y pidió a la Corte Suprema que revoque la cautelar.

El origen de la controversia se remonta a noviembre de 2024, cuando la ANSES dio de baja dos beneficios que percibía Cristina Fernández: la asignación mensual vitalicia por haber ejercido la Presidencia y la pensión vitalicia derivada del fallecimiento de Néstor Kirchner, ambas bajo la Ley 24.018. La decisión administrativa se basó en que la condena por delitos de corrupción hacía incompatible la continuidad de esas prestaciones. La ex presidenta promovió una demanda para declarar la nulidad de esa resolución y solicitó una medida cautelar para recuperar provisoriamente la pensión.

En primera instancia, el planteo fue rechazado, pero en febrero de este año la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó esa decisión y ordenó restituir cautelarmente el beneficio. Los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque entendieron que debía prevalecer el carácter alimentario de la prestación. La jueza Nora Dorado votó en disidencia. Tras el fallo, el Ministerio de Capital Humano anunció que recurriría la decisión, y la ANSES presentó un recurso extraordinario, que fue rechazado en abril por la misma Sala III.

Ese rechazo dio origen al recurso de queja que ahora está bajo análisis de la Corte Suprema. Con el dictamen de Casal incorporado al expediente, la definición quedó en manos del máximo tribunal, que deberá resolver si mantiene el criterio de la Cámara o si hace lugar al planteo del Estado y del Ministerio Público Fiscal.

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