Un informe oficial reveló que 5.445 expedientes penales tributarios quedaron sin efecto tras la sanción de la Ley 27.799, que elevó los montos mínimos para considerar delitos de evasión, retención indebida y otros ilícitos fiscales.
El 81% de las causas penales que se tramitaban en la Justicia por delitos del régimen penal tributario se vieron beneficiadas por la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal. Según datos oficiales, de un total de 6.750 expedientes en trámite al momento de la sanción de la Ley 27.799, 5.445 quedaron por debajo de los nuevos umbrales de punibilidad.
La normativa, que entró en vigencia el 2 de enero de este año, elevó y flexibilizó los montos por evasión, retención indebida de aportes de seguridad social y otros delitos. Hasta antes de la ley, el delito por evasión simple estaba fijado en $1,5 millones por tributo y ejercicio, cifra congelada desde 2017. Con la inflación acumulada del 8501%, ese umbral se elevó a $100 millones, y a partir de 2027 ajustará por UVA.
En el caso de la evasión agravada, el límite pasó de $15 millones a $1.000 millones; para la retención indebida de aportes a la seguridad social, de $100.000 por mes a $3,5 millones mensuales; y para la retención indebida de tributos, de $100.000 a $10 millones por mes. Estos aumentos beneficiaron retroactivamente a las causas en trámite, aplicando el principio de ley penal más benigna.
El abogado tributarista Diego Fraga señaló que “el 81% de las causas estaba por debajo del nuevo umbral de punibilidad. Eso significa que durante años el Estado persiguió penalmente a contribuyentes por montos que hoy la propia ley considera insignificantes”. Agregó que el costo de investigar y litigar estas causas supera el monto evadido en la mayoría de los casos.
Por su parte, el especialista en penal económico Enrique Condorelli explicó que la Corte Suprema ya se había pronunciado en fallos como “Palero” y “Vidal” sobre la aplicación retroactiva de la elevación de montos, lo que llevó a que los jueces cerraran los expedientes de oficio o a pedido de las defensas.
Un caso resonante fue el de Lázaro Báez, donde el Tribunal Oral Económico N°3 lo sobreseyó parcialmente al aplicar el beneficio de la Ley de Inocencia Fiscal, ya que solo en uno de los períodos reclamados se superaba el nuevo piso de $100 millones.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Instrucción General 01/26, que dispuso no impulsar las causas por debajo de los umbrales. El informe fue presentado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, con datos del Ministerio de Economía.
