domingo, 9 agosto, 2026

La Justicia bonaerense ratifica que repartidores de aplicaciones son trabajadores en relación de dependencia

Dos fallos de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires confirmaron la condición de trabajadores dependientes para repartidores de plataformas digitales, lo que impacta en las multas aplicadas a empresas del sector.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires confirmó, mediante dos fallos, que los repartidores de aplicaciones como Rappi y Pedidos Ya son trabajadores en relación de dependencia. Las decisiones ratifican multas impuestas a estas empresas por incumplimientos en normas de seguridad e higiene y por falta de registración laboral.

Los fallos se alinean con un criterio judicial establecido previamente, como el de la Corte de Justicia de Santa Fe en 2022, que condenó a Pedidos Ya por considerar a sus trabajadores como monotributistas. En esta ocasión, el máximo tribunal bonaerense validó sentencias previas de los tribunales laborales y los dictámenes de la Procuración General, que a su vez habían respaldado la actuación del Ministerio de Trabajo provincial al imponer las sanciones en 2021.

Las empresas Rappi y Pedidos Ya, consideradas entre las más importantes del sector en Argentina, debieron abonar las multas para poder apelar. Solo una eventual decisión contraria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación les permitiría recuperar los montos y beneficiarse de aspectos de la reforma laboral que las contempla como colaboradores independientes.

En el caso específico de Rappi, la empresa había objetado la potestad del Ministerio de Trabajo para interpretar la legislación y alegó que sus repartidores no cumplían con las notas características de una relación laboral. El tribunal, integrado por los jueces Hilda Kogan, María Florencia Budiño, Daniel Soria y Sergio Torres, desestimó estos argumentos. Sostuvo que la prestación de servicios quedó probada y que la relación encuadra en el artículo 21 de la Ley de Contrato de Trabajo, que define al trabajador como aquella persona que realiza una tarea bajo dependencia a cambio de una remuneración.

La Corte también rechazó la referencia de la empresa a fallos internacionales que no fueron detallados en su apelación. Con estas resoluciones, se reafirma la facultad de los organismos laborales para realizar inspecciones y aplicar sanciones en este tipo de casos.

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