Finalmente, la Iglesia católica quedó mencionada expresamente en la Constitución reformada de la provincia de Santa Fe, aunque sin ningún reconocimiento a su preponderancia a lo largo de la historia provincial, junto con el señalamiento de que la relación entre todas las religiones y el Estado se rige por “los principios de autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación y neutralidad”.
La décima sesión de Convención reformadora abordó este viernes algunos de los temas sobre los que dictaminó la comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías, entre ellos el artículo 3, que habla sobre la relación entre la Iglesia y el Estado, y que desde la anterior reforma de 1962 declaraba a la católica como la religión oficial de la provincia que ahora quedó suprimida.
Esa supresión -que contó con el acuerdo de la Iglesia católica por ser una relación anacrónica y que llegó a ser considerada por la separación de la Iglesia y el Estado- fue el artículo más ovacionado de todos los votados hasta ahora en la Convención, con un aplauso sostenido durante varios minutos por los representantes de Unidos (Juntos por el Cambio y Frente Progresista Cívico y Social) y parte del público.
El artículo actual de la Constitución dice que la religión de la provincia es la Católica, Apostólica y Romana, “a la que le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes”. Pero desde la declaración de la reforma, en diciembre pasado, ya había un acuerdo generalizado de que el Estado y la religión son esferas diferentes y, por lo tanto, la provincia no podía tener una religión oficial.
El dictamen de mayoría, aprobado con 50 votos afirmativos, diez negativos y siete abstenciones, establece que Santa Fe asegura la distinción entre el Estado y el orden religioso y no fija religión oficial. Y sostiene: «La relación entre el Estado, la Iglesia Católica, las iglesias y los cultos legalmente reconocidos se rige por los principios de de autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación y neutralidad.»
Tras el pedido de la Iglesia católica de que se la mencionara en el nuevo texto constitucional por su trascendencia religiosa, cultural y social a lo largo de la historia provincial, desde Unidos le quitaron entidad a la inclusión, al argumentar que fue por una cuestión técnica y que ello no implica un privilegio en detrimento de las otras religiones o cultos.
Es que la Iglesia Católica -dijeron- no está incluida en el registro oficial de iglesias y cultos ya que, según el Código Civil y Comercial, la Iglesia Católica es persona jurídica pública porque detrás está el Estado Vaticano. Entonces, al nombrar a “iglesias y cultos” no se incluía a esta religión, por lo que se decidió mencionarla como tal, señalaron.
El encargado de defender la redacción por parte de Unidos fue Walter Ghione, quien además de convencional es diputado provincial y pastor evangélico. Sostuvo que la supresión de la religión oficial es un avance histórico para un artículo que hoy es “anacrónico” y que va “en contra de valores de la democracia” como la igualdad o la libertad de conciencia.
Al finalizar la intervención, el gobernador Maximiliano Pullaro -de fluida relación con las iglesias evangélicas- se levantó para darle la mano a Ghione por su intervención. Pero la convencional Amalia Granata, en desacuerdo, lo increpó al convencional evangélico, acaso porque esperaba un reconocimiento explícito a la Iglesia católica.
El también convencional oficialista y ministro de Obras Públicas provincial, Lisandro Enrico, defendió el nuevo artículo. “Se hace mención a algo que ocurre todos los días, que es la cooperación entre el mundo de la fe y el accionar del Estado”, indicó por lo que consideró que «esto deja en claro que no hay separación» entendida como una distancia inamistosa.
En la semana, los obispos de la provincia -de las diócesis de Rafaela, Reconquista, Rosario, Santa Fe y Venado Tuerto- habían difundido una declaración en la que pedían que la Constitución reformada incluya una mención expresa a la Iglesia Católica.
Decía que el pedido se realiza en base al reconocimiento de la trayectoria histórica, cultural, social y espiritual de la Iglesia en la provincia. También mencionaba el dictamen de mayoría de la Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías, valorando algunos de sus principios, pero indicando que la omisión del nombre de la Iglesia Católica constituía un vacío.
Además, hacía referencia al Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, donde se plantea que un Estado puede reconocer a una comunidad religiosa por sus vínculos históricos y culturales con una Nación.
AA