martes, 28 enero, 2025

El Gobierno oficializó la baja de retenciones al campo: qué dice la letra chica del decreto

El Gobierno oficializó este lunes 27 de enero la baja de retenciones para el agro a través del Decreto 38/2025, al tiempo que dispuso la eliminación total de los Derechos de Exportación para las economías regionales, tal como lo había adelantado el ministro Luis Caputo la semana anterior.

Baja de retenciones al campo: cómo impacta en la economía y en el productor

Sin embargo, para acceder al beneficio será necesario cumplir con una condición indispensable, en tanto la norma publicada en el Boletín Oficial establece como condición para tributar menos por cada tonelada exportada que las cerealeras o las empresas que vendan fuera de las fronteras argentinas deberán adherirse al régimen, hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles. En caso contrario, las retenciones que se cobran son las vigentes hasta ayer.

El DNU que lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, ya comenzó a regir y tendrá vigencia hasta el próximo 30 de junio.

La baja de las retenciones se había convertido en un clamor del sector. Por eso, en los considerandos del gobierno para definir la baja, el texto oficial señala los problemas climáticos que aquejan al campo. «Con el objetivo de colaborar con la situación del campo en este contexto de sequía, el Gobierno Nacional decidió bajar las retenciones de manera temporaria en un 20% hasta el mes de junio, inclusive», informó la Secretaría de Comercio en un comunicado tras el anuncio oficial.

Agregó que «la medida refleja la decisión del Gobierno de reducir el peso del Estado para los sectores productivos, en el marco de la política de superávit fiscal».

Cómo quedan las nuevas alícuotas de los Derechos de Exportación de granos y subproductos hasta el 30 de junio

De esta manera, y tal como detalla el anexo 2 del DNU respectivo, las nuevas alícuotas para las retenciones de los granos y subproductos hasta fines de junio del corriente año serán las siguientes:

  • la soja (poroto) baja de 33% a a 26%;
  • la soja (aceite y harina), del 31% al 24,5%;
  • el trigo, la cebada, el sorgo y el maíz pasan del 12% al 9,5%; y
  • el girasol, del 7%, al 5,5%.
  • Al mismo tiempo, el Gobierno Nacional eliminó las retenciones (Derechos de Exportación) para las economías regionales y otros productos.

En cuanto a la eliminación de los derechos de exportación para las economías regionales, la medida alcanza a productos tales como:

  • azúcar;
  • preparaciones alimenticias;
  • algodón;
  • cuero bovino;
  • bebidas;
  • ovinos (lana y cueros);
  • tabaco;
  • forestoindustria;
  • arroz;
  • maní;
  • golosinas, chocolates y otros.

Dólar, reservas e inflación: cómo impacta la baja de retenciones para el campo

Según datos oficiales, estos bienes representaron más de 1100 millones de dólares de exportaciones en el año 2024.

Tal como había trascendido desde el campo, se esperaba conocer qué condiciones fijaría el gobierno libertario en cuanto al alcance de la reducción de las alícuotas, lo que quedó bien definido en el texto oficial con la definición del tiempo y la cantidad de grano que deberá ser liquidado para que rija la norma.

Tal como señala el DNU, «Los sujetos que exporten las mercaderías que se encuentren comprendidas en las previsiones de la Ley N° 21.453 y sus modificaciones podrán acceder a la alícuota establecida en los términos del párrafo precedente en la medida que, adhiriendo a dicho beneficio a través de los mecanismos que a tal efecto establezca la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), liquiden al menos el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95 %) de las divisas respecto de esas mercaderías en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta QUINCE (15) días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa».

Finalmente, se aclara que la vigencia es temporal, hasta fines de junio. Algo que remarcaron distintas entidades del sector cuándo «agradecieron» la decisión.

La medida puede significar menores ingresos fiscales a corto plazo para el gobierno libertario, sin embargo la medida pretende incentivar al sector para que liquide divisas en forma anticipa, lo que podría aliviar la presión cambiaria y consolidar el sendero de la baja de la inflación.

lr

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