El Gobierno nacional ya definió cuáles son los fines de semana largo de 2025, con sus respectivos días no laborables puentes con fines turísticos y los feriados correspondientes. La medida fue oficializada por el decreto 1027 publicado este jueves 21 de noviembre en el Boletín Oficial.
A través del decreto oficial, el Gobierno estableció los días no laborables con fines turísticos de 2025. Se trata de tres días distintos, unidos a feriados, que extienden los fines de semana con la intención de promover los viajes, el turismo interno y disminuir los efectos negativos de la estacionalidad en el sector.
El primer día no laborable puente fue asignado para el viernes 2 de mayo, el cual complementa el feriado nacional del 1º de mayo, el Día Internacional del Trabajador.
El segundo llega dos meses después: el viernes 15 de agosto, a raíz del feriado del 17 de ese mes en el que se conmemora el paso a la inmortalidad del general José de San Martín y que se traslada para el lunes 18, coincidiendo con el Día del Niño.
El último de los fines de semanas extralargo de 2025 será el viernes 21 de noviembre, que amplía el feriado del jueves 20, con motivo del Día de la Soberanía Nacional.
Cuál es la diferencia entre un día no laborable y un feriado
Es importante señalar que en esta ocasión, el Gobierno definió que los puentes que conforman los fines de semana largo serán días no laborables y no feriados nacionales, lo que implica una diferencia fundamental, dado que se trata de dos categorías distintas y, en caso de tener que trabajar, la retribución difiere según el caso. La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborales son optativos para el empleador.
Cuáles son los feriados confirmados de 2025 y los puente
Si bien el Gobierno estableció los días no laborables puente, aún no se oficializó el calendario de feriados 2025. Sin embargo, hay una serie de días de descanso que se pueden adelantar y están detallados en la ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos” que define cuáles son los feriados nacionales inamovibles, establecidos por ley.
Algunos de ellos, como el Año Nuevo o los días de Carnaval, se ajustan a las vicisitudes del calendario gregoriano, y así cambian año tras año su lugar en la semana. Por otro lado, determinadas fechas patrias están fijadas en las efemérides que conmemoran. También están los feriados trasladables, categoría que agrupa a distintas celebraciones que pueden caer en fin de semana, moverse al lunes anterior cuando caigan un martes o miércoles, o al posterior si caen un jueves o viernes.
Enero
Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriados inamovible)
Marzo
Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval (feriados inamovible)
Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriados inamovible)
Abril
Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriados inamovible)
Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriados inamovible)
Mayo
Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriados inamovible)
Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriados inamovible)
Junio
Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se trasladaría del martes 17 de junio por ser un feriado trasladable)
Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriados inamovible)
Julio
Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia. (feriados inamovible)
Agosto
Viernes 15 de agosto: día no laborable puente.
Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).
Diciembre
Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriados inamovible)
Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriados inamovible)